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O CONSTRUIMOS VIVIENDAS O QUITAMOS DERECHOS? LAS DOS NO SE PUEDEN!

Mario Andrada
Mario Andrada | 1 de noviembre de 2026

MEGAPLAN HABITACIONAL EN LA PROVINCIA DE SAN JUAN Y UN PROCESO DE LICITACIÓN EN OFF.

PLAN VIVIENDA

San Juan, Argentina.

Made in San Juan: Matizar el (otro) modelo del Orregismo, no escapa casi tanto a las etapas del otrora pejotismo que, acomodando un poco el disfraz, supimos conseguir.

Me presento: SOY LA OBRA PÚBLICA.

Juro que me costó una córnea, el seguimiento y control cuatro veces al día del Boletín Oficial de San Juan, para saber si ya estaba oficializado el llamado a licitación para la construcción de las… dénme unos segundos que chequee y así les paso info certera…, 2.240 viviendas.

¡Así es! Pero vamos en orden. El 26 de octubre, Humberto Marcelo Orrego, gobernador de San Juan (mandato 2023-2027), anunció casi en cadena, la construcción [oigan bien eh?, se los pido por Dalma y Gianinna] DOS MIL DOSCIENTAS CUARENTA (2.240) viviendas en la provincia bajo su administración. El plan habitacional impulsado por el gobierno provincial contempla la construcción de 2.240 viviendas distribuidas en 30 nuevos barrios. Esta iniciativa busca dar respuesta a la alta demanda habitacional de la provincia, caracterizándose por tres ejes fundamentales: (ruido de tambores)

  1. Reactivación económica: Proyecta la creación de más de 4.500 puestos de trabajo directos en el sector de la construcción, dinamizando la cadena de proveedores locales.

  2. Financiamiento internacional: Se destaca por utilizar esquemas de financiamiento externos y orden fiscal propio, otorgando independencia ante los recortes de fondos nacionales.

  3. Reducción del déficit: Beneficiaría a miles de familias inscriptas en el IPV, destinando un cupo específico para gremios y el resto para sorteos públicos generales.

Suena lindo, peeero?: -y miren que trato de no confundir a nuestros lectores-, en lo que hace a los pasos procedimentales para dar oficiosidad y legalidad al anuncio, no encontré nada.

Explicado con facilidad, la literatura en materia de obra pública exige que cuando se decide sobre la planificación y ejecución de una obra pública, normalmente se llama a licitación, se pone precio al pliego de bases y condiciones, se oferta, se publica, se elije la propuesta que mejor haga a las finanzas de la provincia y todo lo que ya sabemos.

Sunamaravilla, si de lo que se trata es de mejorarle la vida a los sanjuaninos! Hasta ahí? Okey! Pero vamos al anuncio…

"En junio [estimo se refiere a este 2.026], asumimos un compromiso con los sanjuaninos y hoy estamos dando un paso concreto para cumplirlo. Sabemos lo que significa para una familia tener su casa propia, pero también sabemos que detrás de cada vivienda hay trabajadores, empresas y muchas familias que viven de la construcción. Por eso, este plan tiene un valor enorme: genera trabajo y abre nuevas oportunidades para nuestra gente. Ese es el camino que elegimos para construir el San Juan del futuro”. (sic gobernador Orrego).

Según lo informado por el Gobierno, la ejecución será progresiva: las primeras obras comenzarán antes y luego se incorporarán los demás proyectos. Los barrios se levantarán en terrenos que ya pertenecen al IPV, mientras que cuatro complejos estarán destinados a gremios. Las viviendas restantes se adjudicarán a familias sanjuaninas mediante sorteo.

El plan también prevé la generación de más de 4.500 puestos de trabajo directos, principalmente vinculados con la construcción. El financiamiento saldrá de los fondos obtenidos a través del Bono San Juan, cuya colocación alcanzó los 600 millones de dólares.

“Este lunes comenzamos a firmar contratos de obra con las constructoras para construir 30 nuevos barrios, 2.240 viviendas”, expresó Orrego. El anuncio marca el inicio de una nueva etapa administrativa para los proyectos habitacionales.”

No se diga más!!! Pero y el llamado a licitación, adjudicación y coso???

Salvo que estemos incursos en las previsiones del artículo 10, inciso 1) pero también del artículo 12 de la ley provincial 128-A (vigente), que alguien nos explique o se lo diga a doña Laura que tiene la concesión del Maxikiosco de la esquina de Casa de Gobierno, quiénes son las adjudicatarias para la construcción del megaplan de viviendas, a qué licitación debieron sus pliegos y ofertas, cuándo y dónde… porque en honor a este medio digital, juro que no encontré NADA!!!; tengo para mí, y en esto voy a donar una cuota de benevolencia pero también de conciencia sagrada en cuanto a la legitimación de origen que hemos encomendado a los tres poderes del Estado como pueblo mandante. Está claro? Supongaaamos que el modo de contratación se haya sujetado al marco de las disposiciones de los artículos de la norma citada; corresponde también a la cámara de escribanos, perdón!!! a la cámara de diputados, legisladores, legisferantes, parlamentarios, discutidores, casa de las leyes o como mejor les quede, el correspondiente pedido de informes al Poder Ejecutivo. Pero que no cunda el pánico!!!, chiflé en algunas oficinas de la “opo” y recién estarían calzándose los pantalones y las polleras para pararse con los puños en la cintura y pedir explicaciones. Me lo han prometido para la próxima semana pero olvidé preguntarles de qué año. Cómo sea, no quiero pensar mal muchachos, pero no me queda otra. Que el anuncio es importante? Sí!. Que preocupa que diga el primer mandatario que ya se están firmando los contratos con las empresas constructoras? SÍ, también!

Pero esto no es todo mis queridos amiguitos!!!

Dice el I.P.V. además que por si fuera poco, tiene un proyecto que plantea trámites urgentes para recuperar viviendas. Whats de queeeeé???!!!

La iniciativa declara prioritarias las actuaciones para recuperar viviendas y suma un canal digital de denuncias anónimas.

El proyecto de reforma de la ley del Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) propone acelerar los procedimientos para recuperar viviendas y lotes con irregularidades y, al mismo tiempo, crear un canal digital para denunciar posibles incumplimientos. [Qué proyecto?].

La iniciativa establece que las actuaciones administrativas y judiciales destinadas a recuperar viviendas y lotes con irregularidades habitacionales tendrán carácter de orden público, preferencial y urgente cuando se trate de emprendimientos desarrollados por el Estado, con financiamiento estatal o de inmuebles destinados a esos fines.

El proyecto también incorpora un canal digital de denuncias de acceso público, gratuito y permanente. Allí podrían informarse irregularidades relacionadas con el otorgamiento de beneficios, el uso o la transferencia de viviendas. [Eso ya está, lo ves en un cartelito de mesa de entradas del piso 5 del Centro Cívico].

Uno de los puntos centrales es que el denunciante podría mantener el anonimato. El texto exige además que el sistema garantice la confidencialidad de la información, la protección de la identidad y la integridad de los datos aportados.

Las denuncias recibidas deberían ser registradas y evaluadas y, cuando existan indicios razonables de una irregularidad, tendrían que generar actuaciones administrativas. El proyecto establece además que el IPV deberá investigar los hechos con la debida diligencia.

La propuesta también incorpora modificaciones vinculadas con la regularización dominial de emprendimientos habitacionales estatales o financiados por el Estado. Para esos casos, las actuaciones administrativas y judiciales también serían consideradas de orden público y tendrían carácter preferencial y urgente.

De aprobarse la reforma, el proyecto combinaría dos objetivos: reforzar las herramientas del IPV para recuperar inmuebles en situaciones irregulares y facilitar la regularización de viviendas construidas mediante programas estatales. Quiero decirles que todos modos esto ya se hace, la revocación de adjudicación de viviendas cada semana ocupa casi el 50% del espacio en el Boletín Oficial de San Juan, esto sin sumar que ante la decisión atentatoria del derecho de acceso a la vivienda digna, habilita a que los adjudicatarios cuando ven atravesados sus derechos subjetivos, intereses legítimos o intereses simples -por si acaso-, hagan uso de las herramientas impugnatorias o nulificantes de ataque al acto administrativo que les quita derechos (y también las ganas de comer), de conformidad a las expresas disposiciones del la ley provincial 1.995-A, de Procedimiento Administrativo, su decreto reglamentario 7/2001 y la Mary en coche, pero a que no saben??? “Rechácese, rechácese y rechácese”, en fin… el derecho público en el tacho.

Y como diría mi abuela: “a esta altura del asuaré, ya no sé qué pensar!!!

En la próxima entrega, veré si puedo traer un cachito más de luz a este tema tan pero tan controversial.

Continuará…


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